Blog - El Tribunal Supremo a favor de los motoristas y en contra de los guardarrailes
Por lo menos es lo que se aprecia en las últimas sentencias donde se pronuncia sobre los guardarrailes; hablamos de la Sentencia de fecha 27 de octubre de 2014 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Madrid, donde se resuelve un accidente de un motorista ocurrido el 29 de mayo de 2006 sufriendo graves lesiones al golpearse con los soportes IPN de la valla de protección de la autopista.
¿Qué son los llamados guardarrailes o quitamiedos?
Las vallas, quitamiedos o guardarraíles que son útiles para evitar la salida de la vía de vehículos de cuatro ruedas, no lo son cuando se trata de motocicletas, pues normalmente el cuerpo del motorista no colisiona con la bionda sino con el soporte, lo que hace que se produzcan lesiones de gravedad o incluso la muerte.
Las cortantes aristas en los postes de sujeción de los guardarrailes ocasionan cada año un número alarmante de lesionados graves –generalmente por amputación de extremidades- y fallecidos en nuestras carreteras.
Indemnización por accidente de tráfico e Indemnización por fallecimiento
Con el nuevo baremo 2016 de indemnizaciones por accidente de tráfico e indemnización por fallecimiento en accidente se introducen importantes novedades y establece quienes son los que tienen derecho a indemnización por muerte en accidente de tráfico.
La empresa concesionaria de la autopista elaboró un informe en el que mantenía que la red de autopistas se acomodaba plenamente a la normativa vigente en el momento de su adjudicación, y que las disposiciones contenidas en la Orden Circular 321/95 no le eran exigibles al haberse dictado muchos años después del inicio de la explotación de la autopista concedida.
En este supuesto el Tribunal Supremo condena a la Administración, como lo ha realizado en otras ocasiones, Sentencias de 13 de abril de 2011 y 7 de febrero de 2012, por cuanto que la existencia de las biondas en el margen de la carretera hizo que se agravaran las lesiones padecidas por el motorista, aun cuando la caída se produjera por una conducción negligente solo a él imputable. De no haber existido esos postes de sujeción el cuerpo habría continuado deslizándose por el arcén, o habría impactado contra ellos sin seccionarle dos extremidades, como sucedió.
Lo que debemos tener en cuenta es que pese a que la existencia de estos guardarrailes pueda ser ajustada a la normativa técnica vigente si finalmente este elemento de “protección” ocasiona lesiones a un usuario de la vía, pesa sobre la Administración el deber de indemnizar los daños por ella ocasionados.
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Indemnización Accidente de Tráfico
Enhorabuena por esta pagina, e igualmente habría que advertir a los ayuntamientos sobre la pintura que usan en los pasos de cebra y métodos de uso, particularmente e sufrido una caída por este motivo luxsándome un hombro, un saludo.
Muchas gracias; Es una buena sentencia de cara a la reclamacion de indemnización por daños y perjuicios ante lesiones de motorista al chocar contra guardarrailes, nos parece igualmente interesante lo que planteas de los casos frecuentes de caídas no solo de motoristas, sino peatones, a consecuencia de la falta de material antideslizante de muchas pinturas utilizadas para señalizar los pasos de cebra. Te recomendamos la lectura de la ultima sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo nº 2 de Tarragona de fecha 30.6.2015 que condena al Ayuntamiento por entender su responsabilidad en la falta de material antideslizante en la pintura del paso de cebra.