Blog - Indemnización para peaton que sufrió un atropello en un paso de cebra
Nos encontramos ante un típico caso de atropello a un peatón en un paso de cebra donde la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sec. 3.ª, 432/2012, en Sentencia de 24 de septiembre, resuelve que es el conductor quien debe acreditar la culpa de la victima, y debiendo mantenerse que tal “culpa”, consiste en una conducta negligente que incide directamente en el nexo causal entre la conducta del conductor y el accidente, en el presente caso, tal evento no ha quedado acreditado. Y así, no ha quedado acreditado, que la mujer no cruzara por el paso de peatones; en cuanto a la existencia de vehículos que limitaran la visibilidad, obviamente, es un hecho ajeno tanto al conductor como a la victima, pero, en todo caso, lo que determina es una mayor diligencia por parte del conductor, quien reconoce que no llegó a ver al peatón hasta la colisión, y ello, pese al espacio de visibilidad que le daba el propio paso de cebra, siendo que el peatón estaba ya en la calzada iniciando el cruce por la misma y, al parecer, por lugar habilitado para ello o, si se quiere, inmediatamente detrás de este (lo que facilitaría más advertir su presencia). Peatón al que, precisamente por sus circunstancias personales y dada la situación de hecho los vehículos aparcados, siendo, también, su visibilidad menor, no le es exigible mas diligencia o cuidado
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Indemnización Accidente de Tráfico
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