Blog - Indemnización a niños en accidentes de tráfico
Los niños en el coche…
A la hora de viajar con niños en el coche debemos ser muy estrictos con su seguridad en el vehículo. Desgraciadamente en caso de accidente de tráfico los niños son los mas vulnerables, por ello existe una minuciosa normativa sobre los sistemas de retención a utilizar a la hora de viajar con niños.
Cumplir con esta normativa es la mejor protección que podemos ofrecerles a nuestros pequeños dentro del coche, pero para ello debemos tener en cuenta las siguientes indicaciones:
- Los niños deberán viajar siempre en los asientos traseros hasta que alcancen los 1,35 centímetros de altura, utilizando OBLIGATORIAMENTE un dispositivo de retención infantil homologado.
- Queda prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos de retención homologados para ello.
- Hay que escoger la silla adecuada en cada etapa de la vida del menor, siempre en atención a su altura, peso y edad.
- Los sistemas de retención infantil deben llevar una etiqueta de color naranja, que recoge el número de homologación según las pruebas de seguridad realizadas sobre cada modelo por la Unión Europea.
Según datos de la Dirección General de Tráfico, los sistemas de retención infantiles reducen hasta en un 75% los casos de muerte en accidente de tráfico y hasta en un 90% la posibilidad de sufrir lesiones.
¿Qué indemnización corresponde a un niño por atropello o accidente tráfico?
Si sufrimos un accidente y no llevamos a los menores en su silla especial homologada y adaptada a su talla estaremos incurriendo en una imprudencia que podría llegar a generar que resultase minorada la indemnización por lesiones del niño.
Sobre dónde colocar la silla del menor es preferible hacerlo sobre el asiento central trasero. Numerosos estudios demuestran que es preferible colocar la sillita del niño en el asiento central trasero y a contramarcha, siendo el asiento delantero la última opción en cuestión de seguridad.
La gran mayoría de los niños fallecidos en accidente de tráfico en nuestro país no llevaba un sistema de retención infantil homologado.
En caso de sufrir un accidente o sufrir un atropello, el niño menor de edad tiene derecho a recibir una indemnización en las mismas condiciones que si fuese adulto, solo que en este caso la cuantía sería percibida por los padres o tutores legales del menor ya que este no puede cobrar la indemnización de forma directa hasta no cumpla la mayoría de edad. Por regla general en caso de que los padres del niño estén divorciados la indemnización iría a parar al progenitor que tenga la guarda y custodia del menor. No obstante lo cual, conviene recordar que el padre o tutor que percibe la indemnización no debe disponer de la misma sino en beneficio del niño.
Por tanto la indemnización a un niño por accidente de tráfico deberá recoger al igual que en el caso de un adulto:
- Los días de perjuicio personal básico: (30 euros/día)
Serán aquellos días en los que el niño precise atención o tratamientos médicos para curar de sus lesiones pero no impidiéndole realizar sus actividades habituales (asistencia a clase, jugar, etc.)
- Los días de perjuicio personal moderado: (52 euros/día)
Son todos los días en que el niño se está incapacitado para realizar sus tareas habituales, según el período de días que no pueda asistir al colegio, o desempeñar sus actividades deportivas o clases extraescolares, etc.
Por regla general las compañías de seguros suelen alegar que los días de recuperación de un niño no son incapacitantes al no poder existir una baja laboral como tal y tienden a considerarlos únicamente como días de perjuicio personal básico. Pero lo cierto es que los Tribunales vienen señalando que en el caso de los menores se debe considerar como día de perjuicio personal moderado (aunque no haya baja) por el simple hecho de no poder realizar sus ocupaciones habituales (jugar, ir a clase…) debiendo cobrar el día a 52 euros.
- Los días de hospitalización:
Son todos aquellos días que precise el niño de ingreso hospitalario en planta (no en U.C.I.) hasta recibir el alta y se indemnizan a razón de 75 euros/día. Si el niño permaneciese en la Unidad de Cuidados Intensivos los días de ingreso se deberán indemnizar a razón de 100 euros/día.
- Secuelas
Normalmente el tiempo de curación en los niños suele ser inferior a los adultos ya que se suelen recuperar más deprisa de las lesiones. No obstante, en caso de quedar secuelas la asignación económica resultará más alta que en el caso de un adulto al gozar de mayor esperanza de vida el niño. Las secuelas podrán ser de 3 posibles tipos:
- Secuelas funcionales: en caso de pérdida de movilidad o dolor.
- Perjuicio estético, cicatrices y heridas, cuanto más visible sean y más joven sea el niño mayor será su cuantía.
- Daños morales, suele darse sobre todo en caso de atropello, la más habitual es el síndrome de estrés postraumático por los recuerdos traumáticos de la situación que vivió.
- Gastos médicos
Los padres o tutores legales del niño tendrán también derecho a percibir en la indemnización una cantidad en función de los gastos médicos que sean consecuencia directa del accidente que ha sufrido el niño. Todo ello debidamente acreditado mediante las correspondientes facturas.
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Indemnización Accidente de Tráfico
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