Blog - ¿Qué indemnización pertenece al conyuge por la muerte de su pareja en accidente?
¿Que indemnización corresponde al cónyuge viudo?
Según el nuevo baremo de accidente de circulación de tráfico aprobado por Ley 35/2015 de 22 de septiembre el cónyuge viudo no separado legalmente recibe un importe fijo hasta los quince años de convivencia, en función del tramo de edad de la víctima, y un incremento por cada año adicional.
En este caso hasta los 15 años de convivencia:
- Si la victima tenia hasta 67 años corresponden 90.000 euros.
- Si el fallecido tenía desde 67 hasta 80 años corresponde 70.000 euros.
- Si el fallecido tenia mas de 80 años serian 50.000 años.
No hay que olvidar que por cada año mas de convivencia a partir de los 15 años se recibirán 1.000 euros mas por año.
- En caso de concurrencia de cónyuges o parejas de hecho estables (en los supuestos en que la legislación aplicable lo permita) este importe se tendría que distribuir a partes iguales.
- En caso de que la pareja fallecida estuviese embarazada en el momento del accidente y además pierda el feto, en este caso el cónyuge recibirá un incremento en la indemnización de hasta un 25 % más. El porcentaje se eleva en función del grado de gestación del feto.
¿Existe derecho a reclamar por el lucro cesante tras la muerte del cónyuge?
En los supuestos de muerte en accidente existe derecho también a ser indemnizado por el lucro cesante, esta cantidad contendrá las pérdidas netas que sufren ahora aquellos que dependían económicamente de los ingresos de la víctima fallecida, y que por ello tienen la condición de perjudicados.
El lucro cesante por muerte del cónyuge se calcula en función a una tablas contenidas en el baremo en atención a los ingresos que tenía el fallecido.
Además el Baremo de Accidentes establece también en este tipo de casos de muerte por accidente de tráfico, gastos por desplazamiento, alojamiento y manutención de los familiares del fallecido durante los momentos justo posteriores al suceso, así como los gastos del sepelio y análogos en que hayan podido incurrir.
Consulta el Baremo pinchando en el siguiente enlace: Baremo de Indemnizaciones por Accidente
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