Blog - Indemnización por daño neurológico en accidente de tráfico
Las secuelas por trastornos cognitivos y daños neuropsicológicos que pueden quedar por traumatismos en accidentes de tráfico se tratan en el nuevo baremo de indemnización 2016, entre otras, como síndrome frontal, trastorno orgánico de la personalidad, alteración de las funciones cerebrales superiores integradas.
Según el DSMIV el llamado trastorno orgánico de la personalidad se caracteriza por una alteración significativa de las formas habituales del comportamiento, siendo que se trata de una alteración que afecta a la expresión de emociones, de las necesidades y de los impulsos.
Se conoce que este síndrome no solo se presenta en las lesiones del lóbulo frontal sino que igualmente en lesiones de otras áreas circunscritas del cerebro.
El criterio fundamental que evidencia esta secuela está en la presencia de dos o más de los siguientes rasgos:
- Trastornos cognitivos en forma de ideas paranoides, preocupación por un tema único, o carácter suspicaz.
- Alteraciones emocionales con cambios rápidos de estado, desde la simpatía superficial e injustificada a irritabilidad, ira y agresividad.
- Reducción en la capacidad de mantener una actividad orientada a un fin sobre todo las que requieran largos periodos de tiempo o gratificaciones inmediatas.
- Comportamientos inadecuados que tienden a presentarse sin tomar en consideración sus consecuencias o molestias sociales.
- Alteración en el comportamiento sexual
- Marcada alteración en el ritmo y flujo del lenguaje.
Indemnización por trastorno cognitivo y daño neuropsicológico en accidente de tráfico
La indemnización por accidente de tráfico y por la secuela de trastorno cognitivo y daño neuropsicológico de la que deriva el trastorno orgánico de la personalidad se divide en;
Leve: El síndrome comprende:
- Trastornos de la memoria que dificultan la consolidación de lo aprendido.
- Mínima labilidad emocional (episodios aislados de irritabilidad ante frustraciones, de disminución de ánimo o de apatía). Leves alteraciones del sueño.
- Alteraciones cognitivas transitorias. No se detectan prácticamente alteraciones del lenguaje. Es capaz de mantener su situación laboral.
- Reducción de la actividad social manteniendo relaciones sociales significativas. e) Autonomía completa para el cuidado personal.
La indemnización por esta secuela se puntúa de 13 a 20 puntos (dependiendo de la intensidad dentro de este grado).
Moderado: El síndrome comprende:
- Trastornos de la memoria que producen limitaciones del aprendizaje y dificultades de evocación.
- Sintomatología emocional moderada: Episodios de irritabilidad habituales antes situaciones de estrés o afecto aplanado con llanto fácil o apatía casi diaria. Episodios ocasionales de euforia o de expresiones inadecuadas de júbilo con descontrol e impulsos. Alteraciones del sueño habituales que inciden en la actividad diaria del paciente.
- Alteraciones cognitivas objetivadas por terceros en los entornos del paciente: alteraciones de la memoria y la concentración. Ideas auto-referenciales o suspicacias ocasionales. Dificultad moderada para llevar a cabo la actividad laboral. Se detectan alteraciones del lenguaje durante el discurso: presencia de lenguaje circunstancial.
- Reducción ostensible de la actividad social con desaparición paulatina de las relaciones interpersonales. e) Precisa cierta supervisión de alguna de las actividades de la vida diaria.
La indemnización se puntúa de 21 a 50 puntos (dependiendo de la intensidad dentro de este grado)
Grave: El síndrome comprende:
- Trastornos graves de la memoria de fijación y evocación. Desorientación temporoespacial.
- No es capaz de llevar a cabo una actividad útil en la mayoría de las funciones sociales e interpersonales; presenta trastornos graves del comportamiento y/o cuadro depresivos significativos. Actúa de forma inapropiada y puede dañar a otros o a sí mismo.
- Deterioro cognitivo importante en todos los entornos del paciente. Ideas autoreferenciales o suspicacias frecuentes. Es incapaz de mantener un empleo y no mantiene relaciones sociales. Alteraciones graves del lenguaje; es irrelevante, incoherente o ilógico.
- No se relaciona interpersonalmente.
- Restricción en el hogar o en un centro con supervisión continuada.
Se puntúa de 51 a 75 puntos (dependiendo de la intensidad dentro de este grado)
Muy grave: El síndrome comprende:
- Amnesia anterógrada y retrograda impidiendo cualquier nueva adquisición de información. Incluye: amnesia de fijación, confabulaciones y paramnesias. Falsos reconocimientos. Desorientación temporo-espacial. Dependencia absoluta de otra persona para todas las actividades de la vida diaria.
- No es capaz de cuidar de sí mismo.
Se puntúa de 76 a 90 puntos (dependiendo de la intensidad dentro de este grado)
Solo hablamos exclusivamente la secuela ya que luego hay que estar a los días de estabilización de la misma, a los daños patrimoniales, a los gastos médicos, a la necesidad de ayuda de tercera persona, etc
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Indemnización Accidente de Tráfico
Muy interesante artículo
Muchas gracias Marcos
Hola buenas, queria hacerles una consulta, mí marido sufrió un accidente de moto el año pasado, TCE grave, el casco se rompió del golpe,,
todo esto viene porque un coche no le vió y arrolló a mi marido lanzándole varios metros hacia delante, se rompió dos costillas y un hueso del tobillo, lo que ocurre que del golpe en la cabeza le han diagnósticado trastorno orgánico de la personalidad de caracter moderado, a consecuencia del accidente.
Que requisitos se tienen que dar parar valorarse estas secuelas en la indemnización que nos debe abonar la aseguradora? Cuantos puntos son? Mi marido tiene 43 años, que puntos le corresponden?
Gracias de antemano
Estimada Vanessa,
en cuanto a tu cuestión sobre daño neurológico tras accidente de tráfico te indicamos que tratándose de lesiones tan graves y delicadas la puntuación de secuelas debe objetivarla un perito médico valorador del daño corporal o especialista en neurología, solo así se podrá establecer una puntuación de secuelas veraz y justificada en función del criterio médico, la puntuación de secuelas que marque el perito según la horquilla de puntuación será la que deberéis reclamar a la compañía aseguradora del vehículo que impacto contra la moto de tu marido. Lamentablemente ocurre con frecuencia estas lesiones cuando hablamos de accidente de moto.
Para más información contacta con nosotros en el 91 200 07 50, somos abogados especialistas en indemnizaciones por accidentes de tráfico.
Mi hijo sufrió un accidente con la bicicleta
¿Que indemnización corresponde tras un accidente de tráfico donde las lesiones han resultado ser un trastorno de personalidad moderado vinculado al accidente?
Mi seguro no nos informa.
Gracias
Estimado Cándido,
En el caso que nos comentas de indemnización por daño neurológico en accidente de tráfico la indemnización de tu hijo dependerá de la gravedad de esta lesión que nos comentas que ha quedado.
En primer lugar habrá que realizar un informe médico pericial a tu hijo por un perito experto en neuropsiquiatría, él marcará la puntuación de secuelas que corresponde pedir en la indemnización.
Se trata de un caso delicado por lo que te recomendamos nos llames al 91 200 07 50 y resolveremos detenidamente todas tus dudas.
Recibe un cordial saludo