Page - Indemnización por amputación en accidente
Somos abogados especialistas en accidentes graves
Te ayudamos con una guía básica para defender tus derechos por amputación en accidente
En nuestros años de experiencia, hemos defendido innumerables casos de indemnización por amputación en accidente de tráfico, sobre todo en motoristas y peatones. Se trata de una lesión muy grave que conlleva un cambio de vida radical para la persona que la sufre, y también para sus familiares.
Hay que luchar contra las aseguradoras para que las víctimas de accidentes que han sufrido una amputación tengan la oportunidad de vivir un futuro satisfactorio en cuanto a su ocio, capacidad deportiva, relaciones sociales, trabajo, etc. Es fundamental la labor de las asociaciones de víctimas y amputados por accidente, en la demanda a las instituciones de un mayor compromiso para terminar de sustituir todos los guardarraíles peligrosos, así como adoptar mayores medidas para mejorar la información y adaptación del amputado en su nueva vida.
Cuando hablamos de amputación de pierna nos referiremos a la extremidad inferior y puede haber tres tipos de amputación:
- La que se efectúa a nivel de la articulación de tobillo (Amputación de Syme)
- La que se realiza a nivel medio de la tibia (Amputación infracondilea o transtibial).
- La amputación que se realiza por encima de la rodilla (Amputación supracondilea)
¿Cuál es la indemnización por amputación de pierna?
Los abogados que llevamos estos casos para cuantificar y reclamar la indemnización amputación que fuere tenemos en cuenta diversos factores:
Lesiones temporales
En primer lugar debemos tener en cuenta los días que tarda en estabilizar la lesión:
- Días en UCI (muy grave).- 100,25 euros/día
- Días de hospitalización (grave).- 75,19 euros/día
- Días impeditivos (moderados).- 52,13 euros/día
- Días no impeditivos (básicos) .- 30,08 euros/día
Secuelas (Perjuicio particular – Tabla 2.A)
En segundo lugar tratamos de las secuelas que conlleva una amputación de pierna, para ello debemos tener en cuenta:
- El baremo de accidentes recoge una cantidad indemnizatoria en función de la edad del amputado.
- La indemnización varía dependiendo de la zona donde se produzca la amputación:
- Amputación de pierna a nivel de la cadera.
- Amputación de pierna a nivel de muslo.
- Amputación a nivel diafisario o de la rodilla.
- Amputación a nivel de tobillo o nivel tibio-tarsiana.
- Amputación de pierna a nivel de la cadera.
Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico
Cuando una sola secuela alcanza 60 puntos, o la suma de las secuelas concurrentes alcance los 80 puntos. Produce un incremento en la indemnización hasta un máximo de 96.000 €.
Daños morales complementarios por perjuicio estético
Cuando por perjuicio estético se superan los 36 puntos de secuela, se produce un incremento de la indemnización hasta un máximo de 48.000 €.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida
Tiene por objeto compensar el perjuicio moral que sufre el amputado por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida diaria. Puede suponer un incremento en la indemnización de hasta 150.000 €.
La reciente Ley 35/2015 establece que sean las compañías de seguros quienes deban abonar los gastos futuros de rehabilitación y de todas las prótesis, que precise el amputado por accidente a lo largo de su vida.
Perjuicio Patrimonial (Daño emergente – Tabla 2.C)
Gastos de asistencia sanitaria futura
Son aquellos destinados a compensar el valor económico de las prestaciones sanitarias que precisará el amputado a lo largo de su vida, ya sean en el ámbito hospitalario, ambulatorio, así como también aquellas prestaciones sanitarias que precise en su domicilio.
Prótesis y órtesis
Se resarce directamente al lesionado el importe de las prótesis, órtesis y recambios de ortopeia que, por el correspondiente informe médico, precise el amputado a lo largo de su vida, hasta los 50.000 € por recambio
Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria
Comprendiendo gastos por fisioterapia y terapia ocupacional que precise el amputado a lo largo de su vida, hasta un máximo de 5.850 € anuales.
Ayudas técnicas
Comprende los instrumentos, equipos o sistemas utilizados por una persona con discapacidad, destinados a mitigar sus restricciones, y prescritos por informe médico precise el lesionado a lo largo de su vida. Hasta un máximo de 150.000 €
Adecuación de vivienda
Se contempla también una indemnización para la realización de obras en la vivienda y la incorporación de los medios necesarios poder adaptarla a las necesidades del lesionado, hasta un máximo de 150.000 €
Incremento de los costes de movilidad
Se recoge también una indemnización para la adaptación del vehículo que utilice el lesionado, la compra de un vehículo nuevo adaptado sus necesidades o, en caso de que ello no sea posible, pueda hacer frente a los importantes costes que pueda suponer sus desplazamientos dada la escasa movilidad. Hasta un máximo de 60.000 €.
Lucro cesante
La Ley 35/2015 regula el lucro cesante como el perjuicio que sufre el amputado por la pérdida o disminución neta de ingresos provenientes de su trabajo tras sufrir el accidente. Supone una compensación por la pérdida patrimonial que le va a ocasionar no poder volver a desempeñar su actividad laboral como lo hacía anteriormente al accidente de tráfico, dada la gravedad de las secuelas sufridas. La indemnización por lucro cesante dependerá de si el amputado se encontraba desempeñando una actividad laboral o no a la fecha del accidente:
- Si se encontraba desempeñando actividad laboral, tras ser valorado por el Equipo de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social, recibirá una incapacidad permanente, teniendo derecho a percibir una prestación por incapacidad permanente. Dependiendo del dictamenten del INSS, la incapacidad será:
- Parcial
- Total
- Absoluta
- Sin embargo, si el amputado no se encontraba trabajando en el momento de ocurrir el accidente, tendrá también derecho a percibir una indemnizatoria por la incapacidad para poder acceder al mercado laboral.
El nuevo baremo de accidente es muy técnico por lo que dada la dificultad y teniendo en cuenta que cada caso es único, os aconsejamos que nos llaméis y nos comentéis vuestro caso, estaremos encantados de atenderos y proporcionaros el asesoramiento útil y necesario ante lesiones tan graves.
Buenas noches mi caso es el siguiente:
A mi hermano le amputaron la pierna en un accidente de moto, chocó contra una furgoneta, la amputación fue por encima de la rodilla (Amputación supracondilea. ¿Qué indemnización le deben dar por esto?? Le ocurrió en Junio, que gastos se pueden pedir? ahora tenemos muchos gastos por las prótesis
espero su respuesta
Gracias
Estimados Omar
Respecto a tu pregunta sobre indemnización por amputación de pierna en accidente de tráfico los factores que se deben considerar a la hora de cuantificar la indemnización son los días que estuvo en tratamiento hasta estabilizar la lesión, las secuelas existentes, es decir, la propia amputación y las derivadas de la misma, tenéis que valorar también si ha consecuencia de la pérdida de la pierna se le concede algún tipo de incapacidad laboral (que eso es seguro) y el grado de la misma. un aspecto importante es solicitar el coste de las prótesis futuras que va a necesitar, los factores de pérdidas de ingresos económicos si los hubiere a consecuencia de la nueva situación.
La indemnización por amputación de una pierna es un tema complejo ante la gravedad de la lesión, por lo que para una mayor información podéis poneros en contacto con nuestros abogados especialistas en indemnización por amputación de pierna en accidente de tráfico. os ayudaremos.
Saludos cordiales.
Hola:
Sufri una amputación de la pierna derecha en un accidente hace un año y dos meses, no he reclamado todavía, estaria a tiempo?? muchas gracias
Hola Paloma;
Pese a que el accidente de tráfico donde lamentablemente perdiste la pierna por amputación tienes un año para reclamar pero indicarte que el año comienza a contar no desde la fecha del accidente sino desde que estabilizan las lesiones, es decir, desde que se terminan los tratamientos tendentes a la posibilidad de mejora.. en tu caso generalmente hasta que te terminan la prótesis que re venga bien
Cualquier duda llámanos para que no se te pase el plazo, deberías mandar al seguro una comunicación
Un abrazo